ESQUEMAS DE PENSIÓN EN MÉXICO
Actualmente en nuestro país existen 2 esquemas vigentes de pensión, mismos que se determinan, no por el año en que comenzaste a laborar, si no por el año en que te afiliaste al esquema de pensiones, es decir, a partir del año en que empezaste a cotizar. Esto es muy importante que lo tomes en cuenta ya que no en todos los empleos tienes el beneficio de cotizar.
Los dos esquemas que existen son:
IMSS (administra el seguro social para trabajadores del sector privado)
- Ley 73: Aplicable para trabajadores del sector privado afiliados al IMSS antes del 01 de julio de 1997.
- Ley 97: Aplicable para trabajadores del sector privado afiliados al IMSS después del 01 de julio de 1997.
ISSSTE (otorga servicios y seguridad sociales a los trabajadores del estado)
- Décimo transitorio: Este régimen aplica para trabajadores afiliados al ISSSTE antes del 01 de abril del 2007.
- Cuentas individuales: Aplica para trabajadores afiliados al ISSSTE después del 01 de abril del 2007.
La diferencia entre ellos es que, en el caso del IMSS, la Ley del Seguro Social vigente a partir del 01 de julio de 1997 realizó un ajuste cambiando el sistema de pensiones en México, para pasar de un modelo en el que el gobierno pagaba las pensiones, a un modelo en el que los trabajadores ahorran para su retiro. Este cambio se dio porque en el gobierno del expresidente Ernesto Zedillo Ponce de León (de 1994 al 2000) se argumentó que el IMSS estaba endeudado y no podía seguir pagando las pensiones. Debido a esto se creó la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) y las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), que se encargan de administrar los recursos de los trabajadores para su retiro. Además se crearon las cuentas individuales, en las que se depositan las aportaciones de los trabajadores, los patrones y el gobierno federal. Se aumentaron las semanas cotizadas de 500 a 750 en 2021 a las cuales se sumarán 25 semanas cada año hasta llegar a las 1,000 en 2031. Para el 2024 las semanas mínimas solicitadas son 825. También se aumentó la edad mínima para pensionarse, puesto que anteriormente era de 60 años y ahora de 65 años si quieres pensionarte con el monto máximo que aplique en tu caso.
En el caso del ISSSTE, la tercera ley del ISSSTE se realizó por un motivo similar al que pasó con el IMSS, no hay fondos suficientes para el pago de pensiones, se creó PENSIONISSSTE, que será el organismo encargado de administrar las cuotas y aportaciones de los trabajadores en las cuentas individuales. Se agruparon los 21 seguros y prestaciones que venía contemplando la Ley anterior en cuatro grupos: i) Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, para prever que el trabajador tenga la certeza de tener una vejez digna y decorosa; ii) invalidez y vida; iii) riesgos del trabajo; iv) salud, estos 3 cubrirán los riesgos de accidentes y/o enfermedades no profesionales, y la protección a los familiares y beneficiarios en caso de la muerte del asegurado. Se creó el sistema de cuentas individuales para contar con una pensión mínima garantizada y se implementó el ahorro solidario. De igual forma se aumentaron los años de cotización de 14 años y medio a 25 años bajo cuentas individuales. La edad de jubilación también aumentó de 60 a 65 años si quieres pensionarte con el monto máximo que aplique en tu caso.
Conforme pasen los años, estos nuevos esquemas irán reemplazando a los a los anteriores, por lo que debes estar preparado e informado de los requisitos para poder jubilarte en la modalidad que te convenga del esquema que te corresponda.
Floresasesora